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Los accidentes laborales pueden desembocar en tragedia para los empleados, y en sanciones a las empresas por no proporcionar información y formación preventiva adecuada. El Tribunal Superior de Navarra confirmó en noviembre una multa de 334.059 euros a una empresa por el accidente mortal de un trabajador.

El suceso se produjo el 27 de abril de 2018. El fallecido, que trabajaba para una empresa como pintor, se encontraba pintando un baño de una vivienda propiedad del Ayuntamiento de Pamplona. La toxicidad de la pintura y la falta de protección adecuada terminó provocándole la muerte.

El accidente mortal de un trabajador por no contar con formación ni protección adecuada

El empleado fallecido comenzó su labor hacia las 9 de la mañana en el baño del edificio. Unas tres horas y media más tarde fue encontrado inconsciente en el suelo del lugar, por la inhalación accidental de productos tóxicos en la pintura. El trabajador fue trasladado de urgencia al hospital, pero, desafortunadamente, no logró sobrevivir.

La sentencia del Tribunal recoge que la pintura utilizada está desaconsejada en interiores o lugares poco ventilados, debido a su toxicidad. En última instancia o en caso de necesidad, su correcta utilización exigiría colocarse un Equipo de Protección Individual (EPI), como una mascarilla.

En resumen, si el trabajador hubiera sabido cómo protegerse y hubiera contado con los medios necesarios, habría podido evitar el accidente mortal. Sin embargo, según la sentencia la empresa no proporcionó los EPIs adecuados, información ni formación sobre la prevención de los riesgos (PRL).

La formación PRL es una obligación legal para las empresas, que deben formar adecuadamente a sus trabajadores para prevenir los riesgos de su puesto. En consecuencia, el Tribunal confirmó la sanción de 334.059 euros para la compañía, al considerarla responsable del accidente mortal.

Sin formación PRL, la responsabilidad del accidente mortal es de la empresa

Cuando se produce un accidente mortal, aunque el empleado ignore los protocolos de prevención, sin formación PRL la responsabilidad será de la empresa. Es decir, el supuesto de una imprudencia temeraria por parte del empleado queda descartado legalmente.

En este caso concreto, el Tribunal Superior de Navarra concluyó que la empresa “realizó de forma defectuosa la evaluación de riesgos”. Al proporcionar al empleado una pintura fabricada para uso en exterior y no ofrecerle la protección adecuada, la empresa fue considerada responsable del accidente mortal.

La inspección de trabajo determinó que, además, la empresa no informó ni formó adecuadamente al trabajador para prevenir este riesgo.

La prueba de concienciación en PRL evita sanciones a empresas

La formación PRL salva vidas, y evita que se produzcan accidentes que pueden resultar fatales. Por eso es una obligación legal para las empresas, y en su ausencia se descarta una imprudencia por parte del trabajador.

Además de impartir la formación es importante para las empresas poder demostrar que la han impartido de forma adecuada. El escenario ideal es contar con una prueba de concienciación, que demuestre que los trabajadores han asimilado y dominado los contenidos formativos.

¿Quieres saber más acerca de cómo demostrar que la formación PRL impartida se ajusta a estándares legales? Descúbrelo en este enlace.